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EXTRACTO de la Orden DRS/1767/2018, de 24 de octubre, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER, para el ejercicio 2019.

Publicado el 12/11/2018 (Nº 218)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

BDNS (Identif.): 421533

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero.- Objeto.

1. Esta orden tiene por objeto establecer la convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local leader en la Comunidad Autónoma de Aragón, para el ejercicio 2019, de conformidad con las disposiciones aplicables a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Programa de Desarrollo Rural (PDR) de la Comunidad Autónoma de Aragón 2014-2020.

2. Las ayudas LEADER que convoca esta orden aplican la submedida 19.2 del PDR de Aragón 2014-2020, de igual denominación que las ayudas, que incluye actuaciones dirigidas a fomentar la creación de empleo, la diversificación económica y la mejora de la calidad de vida en el medio rural aragonés.

Segundo.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas físicas o jurídicas que ejecuten acciones, incluidas en las EDLL aprobadas.

Tercero.- Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de estas ayudas se aprobaron por Orden DRS/1482/2016, de 18 de octubre y se publicaron en el "Boletín Oficial de Aragón", número 210, de 31 de octubre de 2016.

Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el día siguiente al de la publicación de la orden hasta el 30 de septiembre de 2019.

Quinto.- Condiciones de presentación de las solicitudes.

1. Dentro de los plazos establecidos en el apartado undécimo, las solicitudes se formalizarán a través del impreso normalizado recogido en el anexo I.

2. Las solicitudes, dirigidas a la DGDR, se presentarán por el beneficiario, o por el representante de los beneficiarios en los proyectos de cooperación, preferentemente a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón haciendo uso del modelo oficial de solicitud que se halla disponible en la url www.aragon.es/OficinaVirtualTramites que recoge el Catálogo de procedimientos administrativos y servicios prestados por la Administración de la Comunidad Autónoma. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. La presentación de la solicitud implica la ratificación de las declaraciones responsables a que hacen referencia los artículos 7.2 y 13.3 de las bases reguladoras.

4. Junto con las solicitudes deberá presentarse la documentación exigida en las bases reguladoras y que consta en el formulario de solicitud. Para los proyectos de cooperación entre particulares, deberá presentarse el proyecto con el formato y contenido que se establece en el anexo II de esta orden y el documento vinculante según el formato del anexo III de esta orden.

Zaragoza, 24 de octubre de 2018.- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco.